EN

PROCESO JUDICIAL DE DEMANDAS DERIVADAS DE LA COMPRA DE ACCIONES DE BANKIA

Publicado el 22 abr. 2015 por Pérez de Ayala Abogados

Bankia salió a Bolsa el 20 de Julio de 2011 a un precio de 3,75 € por acción con la finalidad de obtener financiación privada de accionistas y por la necesidad de captar capital. En la actualidad cotizan a 1,20 € por acción

Tras el informe pericial elaborado por los inspectores del Banco de España en el “caso Bankia” seguido en la Audiencia Nacional se han abierto nuevas vías para una posible reclamación por los suscriptores de acciones. El informe pericial determina que los estados contables en base a los que se llevó a cabo la OPV “no expresaban la imagen fiel” de Bankia. Dicho informe concluye que las contingencias eran preexistentes y que las cuentas de Bankia contenían “errores contables” claros y “ajustes de importancia material no contabilizados”. El informe también arroja dudas sobre la diligencia empleada por los auditores de Bankia y los reguladores.

En fechas recientes se están dictando numerosos pronunciamientos judiciales por demandas interpuestas por afectados que adquirieron dichas acciones. Las diferentes sentencias recogen que “BANKIA “exageró (por no decir falseó) su situación de solvencia aparente, al objeto de que la suscripción de las acciones por los particulares fuese atractiva para los mismos, amparados en unos números de estabilidad y solvencia que el tiempo ha demostrado que no solo no eran reales, sino que ocultaban la situación de quiebra técnica de la entidad, que estuvo en situación de causa de disolución jurídica y económica, a la que no llegó gracias al rescate de la misma por el dinero público.” Concluye la sentencia pronunciando que “se estima la demanda y considera que se ha cometido dolo activo e incorrecta transmisión de la información precontractual y contractual por la demandada a sus clientes, por cuanto la información que la misma suministro a éstos sobre su solvencia y su patrimonio era notoriamente incorrecta por no decir falsa.”

Un hecho a tener muy en cuenta es que la acción de reclamación puede ejercitarse por todos los accionistas que acudieron a la OPV de Bankia, tanto personas físicas como personas jurídicas.

IMPORTANTE: PLAZOS PARA RECLAMAR:

1º) Según la ley del Mercado de Valores se fija la prescripción de la acción para exigir la responsabilidad a los tres años desde que el inversor hubiera podido tener conocimiento de la falsedad de las cuentas de Bankia. Es decir, el cómputo del plazo se inicia el día 24 de Mayo de 2012 con la reformulación de las cuentas de Bankia por el nuevo consejo de Administración de BANKIA, por tanto, el plazo que tienen los afectados por las acciones de Bankia para reclamar finaliza el 24 mayo de 2015, plazo que nuestro Estudio Jurídico aconseja cumplir.

2º) Según el Código Civil se fija la prescripción de la acción en 4 años desde que se suscribieron las acciones, por lo que el plazo finalizaría el 20 de julio de 2015.

 Nos ponemos, por tanto, a tu disposición para aclarar cualquier operación que se haya podido suscribir por su parte o con personas de tu entorno, y que necesiten de un asesoramiento en la materia.

Archivos